Estimad@s afiliad@s, Os queremos comentar una cosa importante respecto a la suspensión de los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales debida al estado de alarma por el primer Real Decreto, ya que ha habido una modificación. El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, los modificó, de talSeguir leyendo