El pasado viernes, el Gobierno aprobó un paquete de medidas en materia de igualdad. Te adelantamos cuáles serán las nuevas obligaciones para tu empresa: registro de salarios y plan de igualdad.
Registro de salarios para evitar la discriminación por razones de género.
Según el Real Decreto aprobado, se crea una nueva obligación para las empresas: tendrán que realizar una auditoria o registro salarial de hombres y mujeres, para así analizar si existe brecha salarial entre ambos o una baja representación femenina.
Además, se deberá poner a disposición del representante legal de los trabajadores el registro con los salarios medios y complementos que perciban hombres y mujeres.
Se amplía el número de empresas obligadas a disponer de un plan de igualdad.
La misma norma modificaría la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de Marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, estableciendo la obligación de disponer de un plan de igualdad en la empresa.
Hasta ahora, dicho plan era obligatorio para empresas de más de 250 trabajadores. Tras este Real Decreto, se incrementaría el número de empresas afectadas, ya que se extiende hasta las empresas con más de 50 trabajadores.
El Gobierno fija diferentes plazos, en función del volumen de plantilla, para que las empresas se adapten a esta nueva obligación:
- Empresas con más de 50 trabajadores: Tendrán un plazo de 3 años.
- Empresas con plantilla entre 100 y 150 trabajadores: Un plazo de 2 años.
- Empresas con plantilla entre 150 y 250 trabajadores: El plazo será de 1 año.
- Para las empresas con más de 250 trabajadores ya es obligatorio.
En la misma norma se prevé un desarrollo normativo en el que se regule un Registro de planes de igualdad, en el que las empresas deberán registrar el suyo.
Además de contar con este plan de igualdad, las empresas deberán implementarlo.
Junto con estas medidas para el fomento de la igualdad en la empresa, el Real Decreto viene con otras medidas esperadas como el incremento del permiso de paternidad.